La entrada en vigor de la Ley 98-25 redefine la gestión de residuos sólidos en República Dominicana con nuevas obligaciones económicas para las empresas, restricciones a los plásticos de un solo uso y metas obligatorias de reciclaje para fabricantes, comercios y gobiernos locales.
La normativa modifica la Ley 225-20 e impulsa un modelo de economía circular orientado a reducir la contaminación, aumentar el aprovechamiento de materiales y disminuir la cantidad de desechos que terminan en vertederos, ríos y costas.
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Nueva contribución sustituye aporte por habitante
Uno de los cambios centrales elimina el aporte fijo de veinte pesos por habitante que formaba parte del esquema de financiamiento de la gestión de residuos.
En su lugar, el artículo 36 crea una contribución especial obligatoria para toda persona jurídica o entidad, calculada según sus ingresos y destinada a financiar un fondo para la gestión integral de residuos.
Las empresas con ingresos de hasta cinco millones de pesos deberán aportar RD$3,500 anuales. Aquellas con ingresos entre RD$5 millones y RD$10 millones pagarán RD$6,000, mientras que las que reporten entre RD$10 millones y RD$25 millones aportarán RD$20,000. Para el tramo entre RD$25 millones y RD$50 millones, la contribución será de RD$90,000.
Prohibición gradual de foam y plásticos de un solo uso
La legislación endurece las restricciones ambientales al prohibir la importación de vasos, sorbetes, pajillas, cubiertos y otros productos elaborados con poliestireno expandido (foam) que no cuenten con certificación de biodegradabilidad.
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Además, establece que en un plazo de 12 meses quedará prohibida la comercialización de sorbetes, pajillas, tenedores, cuchillos y cucharas plásticas que no puedan demostrar su capacidad de degradación conforme a los estándares exigidos.
La medida también obliga a los comercios a dejar de entregar fundas plásticas de un solo uso de manera gratuita dentro del mismo período.
Fabricantes y ayuntamientos tendrán nuevas obligaciones
La Ley 98-25 ordena que fabricantes de fundas y botellas plásticas se integren, en un plazo de un año, a programas de recuperación y tratamiento de residuos derivados de sus productos.
Por su parte, los ayuntamientos y distritos municipales dispondrán de 36 meses para implementar sistemas de separación en origen y recolección selectiva, con el objetivo de incrementar el reciclaje y reducir la presión sobre los vertederos.
Auditorías y sanciones para garantizar el cumplimiento
La normativa exige que los plásticos comercializados en el país alcancen una degradación mínima de 20 % durante el primer año o de 90 % en un máximo de cinco años.
Para supervisar el cumplimiento, la ley dispone auditorías anuales a fabricantes e importadores y contempla sanciones para las infracciones graves, incluidas inhabilitaciones y confiscaciones temporales de equipos.
Aunque incorpora restricciones más estrictas, la legislación mantiene excepciones para envases médicos, materiales de laboratorio y determinados plásticos utilizados en proyectos de infraestructura y construcción considerados indispensables para esas actividades.