CNSS permite reintegrar fondos retirados para acceder a pensión estatal

Los afiliados de ingreso tardío con derechos adquiridos para pensionarse bajo el Régimen de Reparto Estatal podrán recuperar y reintegrar fondos que hayan retirado de sus Cuentas de Capitalización Individual (CCI) para completar el traspaso correspondiente.


Miembros del CNSS votando con la mano levantada en una reunión del Consejo Nacional de Seguridad Social


La medida fue aprobada por el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) durante su reunión ordinaria del 3 de septiembre de 2026, en respuesta a solicitudes del Movimiento por las Pensiones de los Servidores Públicos (Mopesep) y la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA).


La decisión busca resolver la situación de afiliados del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) que poseen derechos adquiridos o expectativa legítima de acceder a una pensión bajo el Régimen de Reparto Estatal.


Sipen tendrá 90 días para establecer el procedimiento

Mediante la Resolución núm. 643-02, el CNSS acogió las solicitudes y ordenó a la Superintendencia de Pensiones (Sipen) diseñar e implementar, dentro de 90 días, el mecanismo operativo y normativo para reintegrar los recursos retirados de las CCI.


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El procedimiento permitirá que los afiliados que reúnan las condiciones establecidas puedan completar el proceso de traspaso hacia el Régimen de Reparto Estatal.


La resolución también establece que los aportes realizados por empleadores del sector privado permanecerán en las respectivas Cuentas de Capitalización Individual, conforme a las disposiciones vigentes.


Resolución de Sipen sirvió como precedente

Para adoptar la medida, el CNSS tomó en cuenta experiencias regulatorias previas. Entre ellas figura la Resolución Sipen núm. 496-25, citada en el Considerando 6 de la Resolución núm. 643-02.


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Ese antecedente creó un mecanismo para trasladar aportes acumulados en las CCI de servidores públicos del sector salud que recibieron jubilaciones otorgadas por el Poder Ejecutivo, incluyendo reglas para reintegrar recursos retirados previamente por concepto de ingreso tardío.


El CNSS consideró que este precedente demuestra la viabilidad de establecer soluciones regulatorias destinadas a hacer efectivos los derechos adquiridos de los afiliados.


Con la nueva disposición, el organismo reafirmó su función como órgano rector del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) y su compromiso con la protección de los derechos previsionales de los trabajadores.

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