El Proyecto de Ley de Presupuesto General del Estado (PGE) 2027 ya está en manos del Congreso Nacional, con una previsión de RD 2,084,127.4 millones en erogaciones y un fuerte aumento de los recursos destinados a inversión pública.
El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda y la Dirección General de Presupuesto (Digepres), entregó la propuesta con una proyección de crecimiento real de la economía de 4.75 % y una inflación promedio de 4.5 % para el próximo año.
El proyecto contempla RD 1,620,001.4 millones en ingresos y fija un techo de gasto de RD 1,944,738.7 millones.
Inversión pública alcanza nivel récord
El gasto de capital del Gobierno central ascendería a RD 257,763.8 millones, un incremento de 19.7 % frente al presupuesto inicial de 2026.
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El aumento supera el crecimiento previsto del gasto corriente, calculado en 12.3 %, y convierte al gasto de capital de 2027 en el mayor registrado hasta ahora, según el proyecto.
El documento señala además que esta partida duplica la correspondiente a 2019, último año prepandémico, con el objetivo de ampliar infraestructura, fortalecer los servicios públicos y respaldar la capacidad productiva.
De los recursos destinados a capital, RD 111,609.2 millones corresponden a 1,306 proyectos de inversión pública con código SNIP.
Los proyectos abarcan transporte, infraestructura vial, energía, agua y saneamiento, salud, educación, producción agrícola, cambio climático y transformación digital.
Presupuesto 2027 prioriza estabilidad e inversión
La política fiscal planteada para 2027 establece tres objetivos: garantizar la estabilidad macroeconómica y social, mitigar el impacto local del aumento de los precios internacionales e impulsar la inversión pública como motor de crecimiento.
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El proyecto fue entregado al presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, por el subdirector de Presupuesto, Iván Ramírez, en representación del director general de Presupuesto, José Rijo Presbot.
La entrega se realizó con una semana de antelación respecto al plazo establecido en el artículo 233 de la Constitución de la República y el artículo 34 de la Ley Orgánica de Presupuesto para el Sector Público Núm. 423-06.