TC confirma declaración patrimonial para directivos de Banreservas

Los directivos del Banco de Reservas de la República Dominicana (Banreservas) que ejercen funciones de dirección, administración y gestión deberán presentar Declaración Jurada de Patrimonio, luego de que el Tribunal Constitucional (TC) ratificara la constitucionalidad de las disposiciones que establecen esa obligación.


Fachada del Edificio Juan Pablo Duarte, sede del Tribunal Constitucional de la República Dominicana

La decisión está contenida en la Sentencia TC/0855/26, mediante la cual la alta corte rechazó la acción directa de inconstitucionalidad contra los numerales 13, 20, 21 y 33 del artículo 2 y el artículo 21 de la Ley núm. 311-14 sobre Declaración Jurada de Patrimonio.


El fallo refuerza las facultades de la Cámara de Cuentas de la República Dominicana (CCRD) para fiscalizar el patrimonio de funcionarios vinculados con la administración de recursos y bienes estatales.


TC delimita el alcance de la fiscalización

Al examinar el caso de Banreservas, el Tribunal Constitucional estableció que la obligación alcanza a quienes participan en la dirección, administración y gestión de una entidad cuyo capital pertenece al Estado.


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Por esa condición, estos funcionarios quedan sometidos a un deber reforzado de transparencia patrimonial, según el criterio establecido en la sentencia.


El TC también precisó que la labor de la Cámara de Cuentas no sustituye ni invade las competencias de la Junta Monetaria, el Banco Central o la Superintendencia de Bancos.


Mientras esos organismos regulan y supervisan la actividad financiera, la Cámara de Cuentas fiscaliza el patrimonio personal de los funcionarios obligados a declarar y verifica el origen de sus bienes conforme a la Ley núm. 311-14.


Cámara de Cuentas mantiene seguimiento a funcionarios omisos

Como parte de sus mecanismos de control, la Cámara de Cuentas mantiene un seguimiento permanente de los servidores públicos sujetos a la obligación de presentar su Declaración Jurada de Patrimonio.


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La institución publica cada dos meses, mediante el portal Ojo Ciudadano, la relación de funcionarios que permanecen omisos, con lo que facilita el acceso ciudadano a esa información y fortalece el control social.


La Cámara de Cuentas, bajo la conducción de su presidenta, doctora Emma Polanco Melo, consideró la Sentencia TC/0855/26 un precedente que aporta seguridad jurídica y reafirma la declaración patrimonial como herramienta para promover la transparencia, la rendición de cuentas y la prevención de la corrupción.


La entidad reiteró que continuará ejerciendo sus atribuciones con independencia, rigor técnico y apego a la Constitución y las leyes, con énfasis en la protección y el buen manejo de los recursos públicos.

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