Instalar una cámara de seguridad que grabe o monitoree la entrada de la vivienda de un vecino sin su consentimiento puede acarrear sanciones penales en República Dominicana. La Ley 102-13 establece penas de entre dos meses y cinco años de prisión, además de multas, cuando estos dispositivos vulneran el derecho a la intimidad y son utilizados fuera de los fines autorizados.
La legislación regula el uso de los sistemas de videovigilancia para garantizar que la protección de bienes y personas no implique una violación de derechos fundamentales como la privacidad, la propia imagen y el honor.
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La seguridad no puede imponerse sobre la privacidad
De acuerdo con un artículo de opinión del abogado César Amadeo Peralta, publicado en El Nuevo Diario, un propietario puede instalar cámaras para proteger el acceso a su residencia, pero estos equipos no deben captar ni registrar la puerta o la entrada de la vivienda de un vecino.
El análisis cita la sentencia TC/0094/22 del Tribunal Constitucional, que establece que el derecho a la seguridad no es absoluto y que debe ceder cuando un sistema de videovigilancia registra de forma permanente las entradas, salidas o visitas de otra persona, afectando su intimidad.
La ley fija límites y contempla penas de prisión
El artículo 5 de la Ley 102-13 permite captar imágenes de espacios públicos únicamente cuando sea imprescindible para fines de vigilancia y sin invadir áreas privadas. A su vez, el artículo 6 prohíbe instalar cámaras en lugares que comprometan la intimidad, como habitaciones, baños, vestidores y otros espacios reservados.
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La normativa también dispone, en su artículo 8, que estos sistemas deben cumplir los principios de idoneidad e intervención mínima. Además, los artículos 12 y 13 contemplan penas de dos meses a cinco años de prisión y multas de entre dos y cuatro salarios mínimos para quienes utilicen las cámaras o las imágenes obtenidas con fines distintos a los permitidos por la ley.
En caso de considerar vulnerados sus derechos, la persona afectada puede solicitar al responsable que retire o reoriente la cámara. Si la situación persiste, la legislación permite presentar una querella ante el Ministerio Público o interponer un recurso de amparo.
