La Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia declaró extinguida la acción penal y ordenó el archivo definitivo de la querella por presunta difamación e injuria presentada por el abogado Carlos Balcácer contra la directora de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), Mirna Ortiz.
La decisión fue adoptada luego de que ambas partes alcanzaran un acuerdo de conciliación durante la audiencia. Como parte del acuerdo, Balcácer retiró la acusación, lo que permitió poner fin al proceso judicial.
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Retiro de la querella evitó el juicio de fondo
Mirna Ortiz estuvo representada por el defensor público Rodolfo Valentín, quien explicó que la audiencia correspondía a la etapa de conciliación prevista en el Código Procesal Penal.
Señaló que, de no lograrse el acuerdo, el caso habría pasado a juicio de fondo para debatir las pruebas y los hechos. Tras el desistimiento de la parte querellante, la defensa solicitó la extinción de la acción penal, petición que fue acogida por la Suprema Corte de Justicia.
Proceso concluye tras tres audiencias
El expediente se extendió durante tres audiencias. La primera fue aplazada porque Ortiz solicitó representación de la Oficina Nacional de Defensa Pública; la segunda se suspendió por la incomparecencia de Carlos Balcácer debido a otro compromiso judicial; y la tercera concluyó con el acuerdo de conciliación y el archivo definitivo del caso.
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La querella surgió por declaraciones emitidas durante el proceso judicial contra el exprocurador general Jean Alain Rodríguez. En la demanda original, Balcácer solicitaba una sanción penal e indemnización de RD$25 millones, monto que había anunciado sería destinado al Cuerpo de Bomberos de Jimaní.
