La DGCP aclaró los fundamentos legales y técnicos que sustentan las contrataciones por exclusividad realizadas por el SNS para servicios de nutrición parenteral y diálisis, precisando que estos procedimientos están previstos en el marco normativo vigente.
La institución explicó que la modalidad de exclusividad está contemplada en la Ley Núm. 340-06 y en el artículo 3 del Reglamento de Aplicación Núm. 543-12, como un mecanismo excepcional aplicable cuando la naturaleza del bien o servicio así lo exige.
En ese sentido, puntualizó que estas contrataciones no constituyen actuaciones discrecionales ni arbitrarias, sino una herramienta legal diseñada para responder a condiciones específicas del mercado.
Base legal de la modalidad de exclusividad
La Dirección General de Contrataciones Públicas indicó que la exclusividad procede bajo parámetros definidos por la normativa vigente. La disposición se enmarca en la Ley 340-06 y en el artículo 3 del Reglamento 543-12.
El director general de la DGCP, Carlos Pimentel, señaló que es incorrecto afirmar que la exclusividad solo procede cuando existe un único proveedor.
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Indicó que la normativa establece que aplica cuando el bien o servicio solo puede ser ofrecido por un número limitado de proveedores con capacidad técnica instalada, debido a la alta especialización, infraestructura crítica y exigencias regulatorias.
Servicios de alta complejidad médica
La DGCP destacó que los servicios de nutrición parenteral y diálisis corresponden a sectores de alta complejidad médica. Los datos verificados muestran una participación históricamente limitada, entre uno y cuatro oferentes, incluso bajo otras modalidades de contratación.
Asimismo, aclaró que los procedimientos no fueron cerrados, ya que incluyeron mecanismos de publicidad y apertura, como llamados a manifestación de interés, sin carácter excluyente.
Finalmente, informó que diversos recursos administrativos sobre estos procesos fueron evaluados y rechazados, al determinarse que la exclusividad estuvo debidamente justificada y que no se evidenciaron violaciones a los principios de contratación pública.
