El presidente Luis Abinader promulgó este miércoles la Ley 25-26, que crea y regula el funcionamiento de la Alerta Nacional para la Búsqueda de Personas Desaparecidas en la República Dominicana, denominada oficialmente "Alertas RD".
La legislación establece un régimen jurídico orientado a ofrecer una respuesta coordinada, inmediata y eficiente ante casos de desaparición, mediante la integración de instituciones estatales, medios de comunicación y la sociedad civil.
$ads={1}
La normativa dispone que la Policía Nacional y el Ministerio Público deberán activar de manera conjunta el sistema de alertas tras recibir una denuncia de desaparición, ya sea de forma presencial o telefónica, sin que transcurran más de 24 horas desde el reporte o la identificación de una situación de peligro inminente.
La ley contempla cuatro tipos de alertas especializadas: Alerta Amber para niños, niñas y adolescentes; Alerta Silver para adultos mayores de 65 años; Alerta Azul para personas con discapacidad física o mental; y Alerta Rosa para mujeres en contextos de violencia de género o trata de personas.
$ads={2}
Asimismo, crea el Registro Nacional de Personas Desaparecidas, una base de datos centralizada bajo la administración de la Policía Nacional, con acceso interinstitucional y una plataforma de consulta pública que incluirá información relevante para apoyar las labores de búsqueda.
La Ley 25-26 también establece el Consejo Nacional para la Búsqueda de Personas Desaparecidas, adscrito al Ministerio de Interior y Policía, e incorpora sanciones para los servidores públicos que incumplan los protocolos establecidos. Con esta medida, el Estado dominicano fortalece los mecanismos de protección de los derechos fundamentales, la seguridad ciudadana y la atención a personas desaparecidas.